Sena
precisa alcance de beneficios a morosos
El Artículo 149 de la Ley 1607 de 2012 estableció las condiciones especiales
de pago y las garantías a las cuales se pueden acoger los deudores que se
encuentren en mora.

Los morosos podrán elegir alguna de las
opciones que han sido contempladas.
El alcance de la Reforma Tributaria, en lo que tiene que ver con los
beneficios a los que se pueden acoger los deudores morosos de aportes
parafiscales y aportes al Fondo Nacional de Formación Profesional de la
Industria de la Construcción (FIC), fue definido por el Servicio Nacional de
Aprendizaje (Sena).
A través de una directriz jurídica, la entidad estatal recordó que el
Artículo 149 de la Ley 1607 de 2012 estableció las condiciones especiales de
pago y las garantías a las cuales se pueden acoger los deudores que se
encuentren en mora debido al incumplimiento de dichas obligaciones, por períodos
correspondientes al año 2010 y anteriores.
Acorde con ello, los morosos podrán elegir alguna de las opciones que han sido
contempladas: Primera, realizar el pago total y de contado de la obligación
principal, por cada uno de los períodos adeudados; y segunda, realizar el pago
dentro de los nueve meses siguientes a la entrada en vigencia de la ‘Ley de
Reforma Tributaria’, lo cual implica que el deudor tiene plazo para hacerlo
hasta el 26 de septiembre de 2013.
Si se dan estas dos condiciones, el moroso podrá cancelar el 20 por ciento del
valor del interés causado hasta la fecha de pago. Cuando se trate del sector
agropecuario, el plazo para el pago de la obligación será de 16 meses, es decir,
hasta el 26 de abril de 2014, previa acreditación de esta condición.
Adicional a ello, los deudores morosos de aportes parafiscales y aportes al FIC
tienen en la figura del acuerdo de pago otra alternativa para ponerse al día con
el Sena. El mismo se haría sobre la totalidad de las obligaciones adeudadas a
diciembre 31 de 2010, más los intereses de mora causados y que se causen en
razón a la amortización contenida en el acuerdo de pago.
De esta forma, se liquidará sólo el 50 por ciento de los intereses y el plazo de
pago vence el 26 de junio de 2014, es decir, 18 meses después de entrada en
vigencia la Reforma Tributaria.
Finalmente, la directriz jurídica del Sena aclara en qué momento los deudores
morosos podrían perder los beneficios, así como las prohibiciones de acceso a
ellos.
Así las cosas, la entidad estatal ha querido hacer claridad frente al alcance de
la normatividad vigente y, de esta manera, permitir a las empresas ponerse al
día con sus contribuciones especiales, las cuales sirven de base al
fortalecimiento de una estructura que fue diseñada para apoyar el desarrollo
económico, social y tecnológico del país.
Fuente: https://diariodelhuila.com/site/index.php/menu-economia/33101-sena-precisa-alcance-de-beneficios-a-morosos
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