[ 10 de Mayo de 2014 12:09 ]
La iniciativa impulsada por Andrés Larroque podría recibir dictamen en el
marco de un plenario de comisiones de Comunicaciones y de Legislación del
Trabajo que se realizará el martes.

Avanza el proyecto que busca regular el trabajo en los
call center.
Un plenario de comisiones buscará el martes próximo avanzar en el debate
de una iniciativa para regular el trabajo de los centros de atención
telefónica y establecer límites a la jornada laboral de los empleados.
Se trata de una iniciativa impulsada por el diputado y secretario general de
la agrupación La Cámpora, Andrés Larroque, que podría
recibir dictamen en el marco de un plenario de comisiones de Comunicaciones
y de Legislación del Trabajo de la cámara baja, que se realizará el martes
próximo a las 16.
A través del proyecto, se crea el Estatuto que regirá para los empleados de
esos centros de atención telefónica, donde se establece que esos
trabajadores no podrán exceder las seis horas de trabajo y no podrán exceder
los cinco días de jornada laboral por semana. Además, la iniciativa
contempla que cada trabajador deberá tener quince minutos de descanso cada
dos horas efectivamente trabajadas.
En los fundamentos, Larroque sostiene que si bien "en principio trabajar en
un `call center` se presenta como atractivo para jóvenes y particularmente
para mujeres, por la flexibilidad horaria" que facilita la continuidad de
los estudios", no es fácil trabajar allí.
"Hay alta rotación en los puestos y horarios de trabajo, no suelen ser
buenas las condiciones ambientales y de salubridad del entorno laboral, hay
problemas con los encuadres convencionales, despidos masivos, falta de
regulación y hasta falta de representación gremial", señaló Larroque en el
texto.
Entre los puntos claves del proyecto se define a qué empleado abarcará este
marco regulatorio y al respecto establece que serán los trabajadores que
realicen tareas de atención, recepción, o emisión de conexiones telefónicas
o telemáticas o por cualquier medio tecnológico.
De acuerdo al proyecto, se establece además que, en el caso de la jornada
nocturna, no podrá exceder las cinco horas y media, considerando que empieza
a las 21 y se extiende hasta las seis de la mañana.
Por otra parte, el estatuto establece que, en caso de tener que trabajar los
feriados nacionales, los trabajadores deberán cobrar ese día con un cien por
ciento y se le deberá garantizar dos días corrido por examen con un máximo
de veinte días por año calendario.
Los empresarios deberán realizar programas de capacitación contínua con la
finalidad de atender las necesidades de preparación a su personal vinculados
con los cambios tecnológicos exigidos para la evolución y el desarrollo de
sus tareas.
El proyecto recoge los intentos de darle marco normativo al tema y tomó en
cuenta los planteos elaborados por la Federación de Obreros y Empleados
Telefónicos de la República Argentina, así como estudios que se realizaron
sobre la actividad del teleoperador.
También, los empleadores deberán respetar condiciones de seguridad
ambientales, como asimismo deberán proveer al empleado los elementos
necesarios a los efectos de que éstos puedan desarrollar su tarea en
condiciones seguras, salubres y que respetan la integridad del mismo.
El proyecto fija que a los noventa días de sancionada esta norma, la
Superintendencia de Riesgos del Trabajo, en consulta con la asociación
profesional de trabajadores de la actividad, deberá establecer disposiciones
relativas a los riesgos específicos del trabajo de los teleoperadores, sin
perjuicio de las exigencias contenidas en la legislación vigente.
Unos 60.000 teleoperadores o trabajadores de los centros de atención de
llamadas (call centers) están distribuidos en todo el país y desde hace años
luchan por sus derechos laborales. (Télam)